¿Un autónomo puede tener una nómina? Es una de las preguntas más frecuentes que se hacen los emprendedores. En este artículo te explicamos si existe y cómo se hace con algunos ejemplos prácticos.
- Emprender es un gran reto: serás dueño de tu negocio y tu propio jefe, pero tendrás una cierta incertidumbre siempre en cuanto a tus ingresos.
- Solemos pensar que los trabajadores por cuenta ajena tienen “la seguridad” de una nómina y que los autónomos no tienen nómina, pero, depende de los casos. Te explicamos todo en este post.
Escuchamos con frecuencia la expresión “ponerse un sueldo” relacionada con autónomos y emprendedores. Pero ¿existe la nómina de autónomo? ¿Cómo se hace? ¿En qué casos? ¿Qué conceptos incluye? Sigue leyendo: respondemos a todas tus dudas y te damos un ejemplo.
¡TUITÉALO! ¿Un autónomo puede tener una nómina? En este artículo te explicamos si existe y cómo se hace con algunos ejemplos prácticos.
¿Existe la nómina de autónomo?
La nómina de un autónomo existe en determinados casos. La primera pregunta que hay que hacerse es: ¿De qué tipo de autónomo estamos hablando? Podemos distinguir varios tipos:
Autónomo individual que trabaja al 100% en su negocio
En este caso, no existe una nómina, sino que una parte de los ingresos que recibe el autónomo los destina a sus gastos personales. Aunque se hable de “ponerse un sueldo”, realmente no se elabora y se paga una nómina.
Es importante considerar que el autónomo tributa por todos sus ingresos, no solo por la parte que utilice para fines privados. Para poder ponerse un sueldo y recibir una cantidad fija mensual para los gastos, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Ingresos fijos y no fijos. Se deberán calcular ambos conceptos y hacer una estimación de los ingresos medios.
- Gastos fijos relativos a la actividad. En este apartado se consideran: el alquiler de local u oficina, la cuota de autónomos o los gastos de material, entre otros.
Para calcular el sueldo que te puedes poner como autónomo individual deberás hacer una estimación de los gastos (fijos y no fijos) así como de los ingresos de tu negocio.
Una vez hechos los cálculos anteriores se puede saber el dinero que hay disponible, tras restar los gastos de los ingresos, y establecer el salario y una parte de ahorro para gastos imprevistos. El cálculo se deberá hacer todos los años ya que la situación del negocio puede cambiar.
Autónomo individual que trabaja también por cuenta ajena
Algunos autónomos combinan el trabajo en su negocio con un trabajo por cuenta ajena para tener ingresos fijos. En este caso el autónomo tiene una nómina que elabora la empresa para la que trabaja y puede recibir también un ingreso derivado de su negocio. La necesidad de elaborar una nómina en su negocio dependerá de si es un autónomo individual o un autónomo societario, tal y como veremos a continuación.
Autónomo societario
El autónomo societario es un profesional que está dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) en la Seguridad Social y que ha constituido una sociedad mercantil. En este caso el autónomo puede tener nómina, pero no en todos los casos. Se pueden dar varios supuestos:
- Autónomo que es socio de la sociedad y que presta servicios profesionales. Debe darse de alta en el RETA y no tiene nómina, sino que emite factura.
- Autónomo que realiza actividades no profesionales. En principio, sí puede tener nómina.
Los autónomos socios de una sociedad mercantil que prestan servicios profesionales no tienen nómina.
La posibilidad de que se pueda hacer una nómina a un autónomo administrador depende de diversos factores como su control en la empresa o la actividad que realice, por lo que es fundamental consultar con un experto para evitar una inspección y una sanción de Hacienda.
¿Cómo se hace la nómina de un autónomo que sea administrador de la sociedad?
La nómina de un autónomo, en el caso de que sea administrador de una sociedad mercantil, tendrá los siguientes apartados:
- Datos de la empresa. Denominación social, domicilio, NIF y código de cuenta de cotización en la Seguridad Social.
- Datos del trabajador. Nombre completo, NIF, domicilio y número de la Seguridad Social.
- Devengos. En este apartado se incluyen:
- Las percepciones salariales (salario base, horas extraordinarias, gratificaciones, complementos salariales y salario en especie, entre otros).
- Las percepciones no salariales como las indemnizaciones o suplidos.
- Deducciones. En el caso de un autónomo societario que sea administrador de la sociedad no corresponden las deducciones puesto que cotiza por el RETA.
- Retención en concepto de IRPF. Sí se aplica en función de las circunstancias personales del administrador.
Sin embargo, debemos recordar que el cargo de administrador es gratuito salvo que se acuerde retribuirlo. Para ello, la retribución deberá constar en los estatutos de la sociedad, firmarse un contrato de trabajo y acordarse de forma anual en la Junta General la retribución del administrador.
Tal y como hemos visto, la nómina del autónomo depende de diversos factores y es importante conocerlos para saber si corresponde hacer una nómina o que el autónomo facture a la empresa.
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Autor: Arantxa Álvaro